martes, 8 de septiembre de 2020

EL MINISTERIO DE LA MUJER Y PERSONAS VULNERABLES, HA RATIFICADO QUE LA MUNICIPALIDAD DE LIMA CARECE DE COMPETENCIA SOBRE LA BENEFICENCIA DE LIMA


La Asociación Cultural Taurina del Perú mediante comunicado informa que el acuerdo del Concejo de Lima Metropolitana "No tiene competencia para dar órdenes, instruir o exhortar a los 3 directores que el Alcalde de Lima nombra en esa institución (Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana) totalmente autónoma".

ASOCIACIÓN CULTURAL TAURINA DEL PERÚ

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables contesto nuestro pedido de información.
Esta respuesta nos confirma que el Alcalde Metropolitano de Lima emitió el ACUERDO DE CONCEJO No. 288 vulnerando el Decreto Legislativo N° 1411 que es la norma específica que regula a la Sociedades de Beneficencia respecto a las cuales el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ejerce su rectoría.
El texto del comunicado completo es el siguiente:

EL MINISTERIO DE LA MUJER Y PERSONAS VULNERABLES, HA RATIFICADO QUE LA MUNICIPALIDAD DE LIMA CARECE DE COMPETENCIA SOBRE LA BENEFICENCIA DE LIMA


La Asociación Cultural Taurina del Perú ha recibido respuesta del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP sobre nuestro pedido de confirmar si el informe técnico emitido a solicitud de un regidor de Lima es verídico y también conocer la fecha en que este regidor envío su consulta y cuando le fue enviada la respuesta.


De acuerdo a la respuesta recibida, el informe técnico D000052-2020-MIMP-DIBPCAB es un documento oficial emitido por el MIMP y este regidor hizo la consulta el 27 de agosto (4 días antes de la sesión del Concejo Metropolitano de Lima - CML) y recibió la respuesta el 01 de Setiembre (1 día después de la sesión del CLM).


Las conclusiones del informe técnico son contundentes, la Municipalidad de Lima NO TIENE COMPETENCIA para dar órdenes, instruir o exhortar a los 3 directores que el Alcalde de Lima nombra en la Beneficencia de Lima que es una institución totalmente autónoma.


Si días antes se había hecho una consulta oficial al MIMP para saber si tienen competencias o no, el regidor debió informar y debieron esperar una respuesta para que sea tomado en cuenta a la hora del debate en el Concejo Metropolitano de Lima.


Esta respuesta del MIMP es una prueba contundente de que el Concejo Metropolitano de Lima, ha emitido el ACUERDO DE CONCEJO N° 288 vulnerando el Decreto Legislativo N° 1411 que es la norma específica que regula a las Sociedades de Beneficencia respecto a las cuales el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ejerce su rectoría.


Lima, 08 de setiembre de 2020.

JORGE LUIS PEREZ CHAVEZ 

Presidente 


CARLOS CASTILLO ALEJOS

Secretario


FERNANDO VILLAVICENCIO BERNAL

Vocal

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